– POBLACIÓN QUE SE TUTELA: MUJERES 2022

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EXPEDIENTE: TECDMX-JLDC-075/2022

POBLACIÓN QUE SE TUTELA: Mujeres. Derechos políticos. VPMG.

RESUMEN DE CRITERIOS RELEVANTES:

POBLACIÓN QUE SE TUTELA: Mujeres. Derechos de petición VPMG. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, publicado el dos de junio de 2022 en la G.O.

RESUMEN DE CRITERIOS RELEVANTES: En este caso se impugnó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, publicado el dos de junio de 2022, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; así como, el Acuerdo IECM/ACU-CG-042/2022, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueban las Acciones Generales para llevar a cabo el Proceso de Transición, en cumplimiento al artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan, modifican y derogan diversos artículos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Ambos actos relativos, entre otros puntos, a la atribución del Consejo General del Instituto Electoral relativa a la creación de Unidad Técnicas adicionales para el adecuado funcionamiento y logro de sus fines, así como, con las atribuciones y funciones de la Unidad Técnica de Género y Derechos Humanos y su Comisión.

Como agravios se plantearon: Vulneración a los derechos político-electorales, entre estos, el derecho al voto pasivo y activo, asociación, reunión y protección frente a la violencia política contra las mujeres en razón de género. Se viola el principio de progresividad y no regresión de los Derechos Humanos.

El TECDMX consideró fundados los agravios hechos valer por la parte actora, lo procedente fue revocar parcialmente y con efectos, el Decreto de Reforma, así como, el Acuerdo 42 del Consejo General.

Consideraciones relevantes se formularon en los Votos Concurrente y Particular respectivamente, de la Magda. Martha Leticia Mercado Ramírez y Magdo. Armando Ambriz Hernández.

Cadena Impugnativa y asuntos relacionados: SUP-JRC-108/2022 y SUP-JRC-110/2022. SUP-JDC-1056/2022. Acciones de Inconstitucionalidad 90-2022 y acumuladas.

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