Igualdad Laboral y No Discriminación.
Proceso institucional de certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 de igualdad laboral y no discriminación.
Teniendo presente que la Igualdad Laboral y la no Discriminación son compromisos asumidos por el Tribunal, derivados de lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 116, fracción IV, inciso c) y 122, apartado A, fracciones VII y IX de la Constitución Federal; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11, 24, 25, 26, 27, 30, 38, 46, 57, 58, 59 y 70 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, numeral 3 y 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; los artículos 165 a 191, 211, fracción VI y 218 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 5 fracción VII, 6 y 73 del Reglamento Interior y; el Acuerdo del Pleno del Tribunal de 1 de marzo de 2017, los cuales permiten adoptar las medidas y políticas más apropiadas para asegurar de manera eficiente y progresiva, las mismas oportunidades y el mismo trato entre hombres y mujeres que laboran en esta institución, en ruta hacia la igualdad sustantiva; se han implementado acciones para cumplir con el proceso de certificación en la Norma NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no Discriminación.
El objetivo de la certificación, consiste en acreditar al Tribunal como una institución de primera línea al integrar, implementar y ejecutar políticas, normas, acciones afirmativas y buenas prácticas en favor de la igualdad laboral y la no discriminación, con el fin de procurar y establecer medidas para alcanzar el efectivo cumplimiento al mandato constitucional y convencional de igualdad sustantiva, establecido en el artículo 4º constitucional.
La convicción de participar de una visión progresiva de la igualdad sustantiva, como realidad histórico jurídica contemporánea, ha conducido a este órgano jurisdiccional electoral, con el impulso del Comité de Género y Derechos Humanos, a emprender y concluir exitosamente el proceso de certificación en la Norma Mexicana (NMX-R-025-SCFI-2015) de Igualdad laboral y No discriminación, constituyéndose este Tribunal Electoral de la Ciudad de México como el primer órgano jurisdiccional electoral en el país, en alcanzar tan significativo resultado.
Con el objetivo esencial de implementar, con un modelo de transversalidad, directrices, normas, acciones afirmativas y buenas prácticas en favor de la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral, que permita la generación de ambientes laborales libres de violencia, igualdad salarial, paridad y la incorporación de la transversalidad de la perspectiva de género y derechos humanos, se fortalecerá el sistema orgánico institucional, así como las funciones jurisdiccional y administrativa, se elevará la calidad de ciudadanía de todas las personas servidoras públicas que laboran en esta institución, se impulsará la cultura democrática en la entidad, lo cual, situa al Tribunal a la vanguardia en la promoción y protección de los derechos fundamentales.
Sin otro particular, las y los Magistrados del Pleno de este órgano jurisdiccional, agradecemos el empeño y la buena disposición de todas las personas servidoras públicas que laboramos en esta institución, durante el desarrollo, conclusión y seguimiento permanente de la Certificación, a fin de cumplir con las responsabilidades que ésta impone, para beneficio de todas y todos.
Documentos.
Acta de instalación del Grupo de Igualdad Laboral y No Discriminación. Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015.
Política de Igualdad Laboral y No Discriminación del Tribunal Electoral de la Ciudad de México.
Integración del GRUPO DE IGUALDAD LABORAL Y NO DISCRIMINACIÓN
Código de Ética del Tribunal Electoral de la Ciudad de México.
Plan de Implementación de la Política de Igualdad y No Discriminación.
Plan de Sensibilización, Difusión y Promoción en Igualdad Laboral y no Discriminación.
Guía de Operación del Grupo de Igualdad Laboral y No Discriminación.
Formato para Presentar Propuestas al Grupo de Igualdad Laboral y No Discriminación