Los derechos políticos constituyen el germen institucional del sistema democrático y hacen efectivo el derecho a votar y ser votado, unidad jurídica fundamental de la democracia, que mediante su ejercicio universal, libre, secreto, auténtico y periódico, tiene como función esencial la integración legítima de los poderes públicos.
Asimismo, constituyen la base esencial de la legitimidad democrática, la integridad electoral, la cultura política y la construcción de ciudadanía para la democracia.
Esta unidad constitucionalidad se integra por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad como principios rectores del proceso electoral, las elecciones libres, auténticas y periódicas; así como por los derechos de sufragio universal, libre, secreto y directo; financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales; la organización de las elecciones a través de un organismo público y autónomo; unidad del proceso electoral, equidad para el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación social, el acceso a la justicia y a una tutela jurisdiccional efectiva en la materia por un órgano autónomo que verifique el control de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales y, desde luego, la igualdad de género, la paridad y la no discriminación.
Ahora bien, si bien es cierto que no existe jerarquía entre los derechos que integran el catálogo universal, regional, nacional y local de derechos humanos, constituyendo un bloque indivisible e interdependiente, también lo es que existen derechos más próximos entre sí en razón de la naturaleza del interés jurídico que protegen.
En este sentido, los derechos fundamentales en materia político electoral se encuentran contiguos a otros derechos humanos con los que se vinculan en un contexto de orden democrático, que son el de petición, de libertad de expresión, de libertad de pensamiento, acceso a la información y transparencia, de asociación y reunión, de igualdad sustantiva, de paridad de género, de intimidad, honra y reputación, de nacionalidad y ciudadanía, entre otras las libertades públicas.
En este contexto, el actual sistema jurídico de los derechos fundamentales exige un alto grado de especialización del personal del TECDMX en el estudio, actualización, interpretación, argumentación y valoración de las formas y contenidos de los conceptos normas, principios, procedimientos y reglas legales que intervienen en forma interrelacionada durante el ejercicio de la función jurisdiccional, en cada asunto que se presenta que es en sí mismo un conjunto de elementos particulares y característicos.
Operar este complejo mecanismo requiere de un sistema con enfoque que apoye al personal de la institución en la adquisición de saberes especializados en la materia, con el fin de optimizar la lectura, interpretación y desempeño del contenido y significado los derechos fundamentales, del debido proceso así como la forma en que se vinculan con los derechos conexos, de acuerdo con los principios derivados de la Constitución, en cada caso concreto.
La experiencia jurídica y social de la historia reciente del país y de la Ciudad de México, muestran que la vulneración de las reglas del juego democrático por parte de los actores políticos, fomenta la desigualdad, la desafección ciudadana, la incubación de antivalores y la erosión de la democracia deliberativa, y en forma indirecta también derechos civiles, laborales, económicos o culturales de las víctimas.
Por lo cual, se vuelve necesario cumplir de manera contundente la responsabilidad institucional en la formación de ciudadanía de las personas físicas y morales que intervienen en la democracia de nuestra Ciudad, en materia de derechos fundamentales, con el fin de reducir la posibilidad de vulneración de su esfera jurídica y de las reglas del juego político, a causa del desconocimiento o del conocimiento defectuoso, de sus derechos y obligaciones.